Quitar la herencia a un hijo, cónyuge o padres – ¿Cómo desheredar?

A través de estas preguntas frecuentes y sus correspondientes respuestas podrás informarte acerca del proceso de la desheredación o quitar la herencia a un hijo. Si necesitas ayuda con trámites, tienes más preguntas o lo que sea no dudes en contactar, somos abogados expertos en herencias en Vigo.

Retirar la herencia a un hijo
Preguntas y respuestas sobre como desheredar a un hijo.

¿Qué es la desheredación?

Es el acto mediante el cual una persona en testamento priva a un heredero forzoso al derecho a la legítima que le otorga el artículo 806 del Código Civil.

¿Se puede retirar la herencia a un hijo o hija en Galicia?

A menudo es una pregunta que se hace mucha gente y la respuesta es que sí, es posible quitar la herencia a un hijo.

En el Código Civil así como también en la Ley 2/2.006 de Derecho Civil de Galicia se recogen ciertas causas por las cuales se puede llevar a cabo y deben estar expresadas en el testamento. Debe argumentarse que las reglas están vigentes y serán los herederos, no los desheredados, quienes tendrán que probar las causas.

Por tanto sí es posible desheredar a un hijo en Galicia.

¿Por qué motivos puedo desheredar a un hijo en Galicia?

Según el Derecho Civil común, las causas por las cuales usted puede desheredar a un hijo:

  • Cuando se produce maltrato de obra o haya sido injuriado gravemente de palabra.
  • Cuando se le hayan negado los alimentos necesarios.

Está claro que no cabe fundar la desheredación en otras causas de desheredación distintas de las que enumera el Código, aunque sean de mayor gravedad y que tampoco es posible una interpretación extensiva de las causas que establece el Código, sino que tal interpretación ha de hacerse siempre con carácter restrictivo como reiteradamente ha señalado la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

No obstante es lo cierto que en Galicia tenemos un derecho foral propio y normativa civil propia en cuyo artículo 263 de la Ley 2/2006 de Derecho Civil de Galicia se recogen también como causas legales justas de desheredación las siguientes que son coincidentes con las del Código Civil:

  • Cuando se produce maltrato de obra o haya sido injuriado gravemente de palabra.
  • Cuando se le hayan negado los alimentos necesarios a la persona testadora.

Casos extraordinarios para quitar de la herencia a un hijo

  • Ser condenado en sentencia firme por los delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad sexual, así como contra el testador, su cónyuge, la persona con quien tenga relación amorosa análoga o un ascendiente o descendiente.
  • Intentar actuar contra la vida o causar lesiones o incurrir habitualmente en violencia física o mental contra alguna de las personas mencionadas en el punto anterior.
  • Forzar al testador a hacer testamento o modificarlo mediante amenazas, fraude o violencia, y evitar que lo haga o revocarlo por los mismos medios.
  • La suplantación, ocultación o cambiar el testamento.
  • Condena por cargos falsos después de que el testador haya sido acusado.
  • En el Derecho Civil de Galicia también se contempla las causas de indignidad expresadas en el art. 756 Código Civil como causa legal de desheredación.

¿Puedo desheredar a mi pareja?

Los cónyuges, además de las causas descritas en los casos extraordinarios anteriores, también son propensos a la desheredación por determinados motivos.

El incumplimiento reiterado o grave de los deberes conyugales y la pérdida de la patria potestad como consecuencia de una sentencia basada en el incumplimiento de deberes inherentes o de deberes renunciados en un caso penal o conyugal pueden hacer que el testador justifique la desheredación de su pareja.

En el Derecho Civil de Galicia en el artículo 263 se contempla expresamente el incumplimiento grave y reiterado de los deberes conyugales.

¿Se puede anular una desheredación a un hijo?

Sí, se puede anular la desheredación al hijo siempre que exista una reconciliación entre el desheredado y testador.

Cabe destacar en este punto que únicamente podrán ser desheredados los herederos forzosos. En el resto de los supuestos, incluidos los familiares, es suficiente con no incluirlos en el testamento o en su defecto indicar en el documento que a ellos no les corresponderá bien alguno.

¿Qué requisitos se piden para desheredar a un hijo?

El Código Civil exige los siguientes 5 requisitos para la desheredación:

  1. Solo puede hacerse en testamento, artículo 849 del Código Civil: “La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.”
  2. En consecuencia solo pueden hacerla quienes tiene capacidad para testar.
  3. Solo pueden ser desheredados los herederos forzosos.
  4. Se ha de designar con claridad al desheredado.
  5. Expresar la causa legal en la que se funde.

¿Hay un plazo para ejercitar las acciones derivadas del desheredamiento injusto ?

Hay que tener en cuenta que existe un plazo de caducidad de 5 años para ejercitar las acciones derivadas de un desheredamiento injusto que según la Ley de Derecho Civil de Galicia recoge a contar desde la muerte del causante según lo dispuesto en el art. 266 de la citada Ley

¿Se pueden desheredar a los padres?

Serán justas causas para desheredar a los padres y ascendientes,  las siguientes que el Derecho Civil de Galicia remita al artículo 756 Código Civil y son:

  1. Los padres que abandonaren, prostituyeren o corrompieren a sus hijos.
  2. El que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes.
  3. El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.
  4. El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
  5. El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.

Y además:

  1. Haber perdido la patria potestad por las causas expresadas en el artículo 170 del CC.
  2. Haber negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  3. Haber atentado uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.

Si tienes dudas sobre la legítima hereditaria y otros temas relacionados desde Arteaga Abogados en Vigo, Pontevedra, podemos resolver todas tus dudas y ayudarte en trámites de herencias que necesites. Ponte en contacto!

Otras Noticias