Abogados para reclamar indemnizaciones en Vigo, Pontevedra

Desde Arteaga Abogados en Vigo podemos ayudarte en todo tipo de reclamaciones de indemnización que necesites hacer. Ponte en contacto, cuéntanos tu caso y pronto te estaremos indicando los pasos a seguir para lograr la indemnización deseada.

A continuación puedes ver alguna información con preguntas y respuestas sobre algunos casos concretos.

Indeminización derecho al honor

Me  han incluido en un fichero de morosos de forma errónea sin que concurra veracidad y sin que me hayan hecho requerimiento previo, ¿Puedo reclamar?

Si, es una intromisión ilegítima del derecho al honor por cuanto es una imputación de ser moroso que lesiona la dignidad de la persona y menoscaba su fama.

¿Quien puede reclamar? 

Cualquier persona particular o profesionalmente comerciante así lo define el Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 24 de abril del 2009.

¿A qué tipo de indemnización tengo derecho?

No es preciso que haya habido divulgación del dato para que se haya vulnerado el derecho al honor del afectado y se le hayan causado daños morales pero no obstante si es conocido por terceros y ha causado un daño económico (denegación de un préstamo o de línea de crédito…) será también indemnizable.

Es decir, cabe indemnización por el daño moral y también por el daño patrimonial efectivo sufrido.

¿La indemnización moral es de carácter simbólico?

No, la indemnización moral aunque no puede ser cuantificable económicamente de forma objetiva no puede ser simbólica dado que lo que se intenta indemnizar es la vulneración de un derecho fundamental recogido en el art. 18 de la Constitución Española.

Así viene recogido en el art. 9 de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

En caso de imponer una indemnización simbólica no se estaría disuadiendo las prácticas ilícitas de las empresas que incluyen indebidamente datos personales de sus clientes en registros de morosos y en cambio si disuade a los afectados de entablar una demanda puesto que con toda probabilidad , la indemnización no sólo no les compensaría el daño moral sufrido si no que es posible que no alcance siquiera a cubrir los gastos procesales si la estimación de la demanda no es completa tal y como se recoge entre otras en la Sentencia de fecha 21 de septiembre del 2017 dictada por el Tribunal Supremo.

Indemnización por lesiones en accidente de tráfico

He tenido un accidente y a pesar de no haber tenido la culpa he sufrido lesiones ¿Puedo reclamar?

Si, siempre, existe el plazo de un año desde el alta para poder reclamar la indemnización por lesiones sufridas derivadas del accidente a la compañía del vehículo responsable de la causación del daño así se recoge en el art. 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

¿Sólo puedo reclamar indemnización por lesiones? 

No, puede reclamar también los gastos y perjuicios sufridos así como el daño sufrido en sus bienes (vehículo y objetos que llevase dentro del vehículo que pudiesen resultar dañados tras la colisión.

¿Cómo se que indemnización me corresponde?

Habrá que estar a la actualización del Baremo de Tráfico aplicable al momento del alta para saber la cuantía exacta de lo que le corresponde de indemnización por lesiones y de los justificantes que tenga para poder reclamar gastos y perjuicios sufridos.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

Hay que presentar una reclamación previa a la compañía y en caso de que no haya acuerdo extrajudicial en base a la indemnización habría que acudir a la vía judicial.